Fallo
Único: Se levanta acta de que las partes no comparecieron a la audiencia de conciliación, y al no reposar ningún elemento de prueba que destruya la presunción establecida en el artículo 524 del Código de Trabajo, ordena el archivo del expediente.
La audiencia concluyó a las 10:39 a. m.
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República Dominicana PODER JUDICIAL JUZGADO DE TRABAJO DEL DISTRITO JUDICIAL DE LA VEGA “EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA” Acta de audiencia Expediente núm. 2 Sentencia núm. 483-2026-ARCC-00021 En la provincia de La Vega, República Dominicana, a los veintitrés (23) días del mes de abril del año dos mil veintiséis (2026); año 183 de la Independencia y 163 de la Restauración, siendo las 10:38 a. m.
El Juzgado de Trabajo del Distrito Judicial de La Vega, regularmente constituido en la sala donde celebra sus audiencias, localizada en uno de los salones del Palacio de Justicia del Distrito Judicial de La Vega, ubicado en la avenida García Godoy entre la avenida Monseñor Panal y la calle Duvergé, presidido por la magistrada , asistida del secretario de audiencias , y el alguacil de estrado , e integrado por las vocales en representación de la Nómina del Ministerio de Trabajo, […], portadora de la cédula de identidad y electoral núm. 054- y , titular de la cédula de identidad y electoral núm. ; se ha constituido en atribuciones de tribunal de conciliación y ha dictado la siguiente decisión: AUDIENCIA DE CONCILIACIÓN (Intervinientes) Parte demandante: , quien no se encuentra presente ni representado.
Parte demandada: , quien no se encuentra presente ni representada.
LA JUEZA FALLA: Único: Se levanta acta de que las partes no comparecieron a la audiencia de conciliación, y al no reposar ningún elemento de prueba que destruya la presunción establecida en el artículo 524 del Código de Trabajo, ordena el archivo del expediente.
La audiencia concluyó a las 10:39 a. m.
Firmada digital por , Jueza y , secretaria.