Fallo
ÚNICO: Declara inadmisible la demanda en suspensión de ejecución de la sentencia núm. 336-2025-SSEN-00458 dictada por la Corte de Trabajo del Departamento Judicial de San Pedro de Macorís en fecha 10 de diciembre de 2025, interpuesta por Compañía de Investigaciones Corporativas Gómez (Incorp), SRL., por los motivos antes expuestos.
Normas que aplica
- Código de Trabajo (Ley 16-92)
- Ley 2-23 sobre Recurso de Casación
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REPÚBLICA DOMINICANA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA Exp. núm.: 651-2018-ELAB-00317 Solicitud núm.: 2026-R0015970 Demandante: Compañía de Investigaciones Corporativas Gómez (Incorp), SRL Demandado: Materia: Laboral Instancia: Demanda en suspensión Decisión: Inadmisible Resolución núm. 033-2026-SRES-00096 En Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, el magistrado cia juez Presidente de la Tercera Sala de laboral, tierras, contencioso administrativo y contencioso tributario, en fecha 12 de febrero de 2026, en Cámara de Consejo, dicta la siguiente resolución: Apoderada de la demanda en suspensión de ejecución de la sentencia núm. 336-2025-SSEN-00458 dictada por la Corte de Trabajo del Departamento Judicial de San Pedro de Macorís en fecha 10 de diciembre de 2025, interpuesta por Compañía de Investigaciones Corporativas Gómez (Incorp), SRL. I. Fundamentos para decidir: Actuaciones valoradas 1. La instancia sobre la demanda en suspensión depositada vía portal digital del Poder Judicial en fecha 9 de enero de 2026, suscrita por los Lcdos. y Evelina , quienes actúan como abogados constituidos de la parte demandante Compañía de Investigaciones Corporativas Gómez (Incorp), SRL., mediante la cual solicitan lo siguiente: “PRIMERO: Que autoricéis a la razón social Compañía De Investigaciones Corporativas Gómez (Incorp), S.R.L, a emplazar en los términos de ley al Sr. ; SEGUNDO: Que después de cumplidas las formalidades Av. esq. Simó, Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, Santo Domingo, R. D. • Tel.: • www.poderjudicial.gob.do • E-mail: REPÚBLICA DOMINICANA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA Exp. núm.: 651-2018-ELAB-00317 Solicitud núm.: 2026-R0015970 Demandante: Compañía de Investigaciones Corporativas Gómez (Incorp), SRL Demandado: Materia: Laboral Instancia: Demanda en suspensión Decisión: Inadmisible legales y Que en virtud de los dispuesto por el Artículo 12 de la Ley No. 3726, de fecha 23 del mes de diciembre del año 1953, sobre Procedimiento de Casación y la Resolución núm. 448-2020. De fecha 05 de marzo del 2020, con sus modificaciones de Ley núm. 2-23 sobre Recurso de Casación. Modifica los artículos 640 y 641 de la Ley núm. 16-92 del 1992, que aprueba el Código de Trabajo y deroga la Ley núm. 3726 del año 1953, sobre Procedimiento de Casación, así como la Ley núm. 491-08 del año 2008, que modifico los artículos 5, 12 y 20 de la citada Ley núm. 3726 del 1953, modificada por la Ley núm. 846 del año 1978. G. O. No. 11095 del 17 de enero de 2023, sea ordenada la suspensión provisional de la ejecución de la Sentencia Laboral NUM. 336-2025-SSEN-00458, dictada Por La Corte de Trabajo del Departamento Judicial de San Pedro de Macoris, En Fecha 10 De diciembre Del año Dos Mil Veinticinco (2025), con todas las consecuencias legales, según los motivos expuestos en la presente solicitud. TERCERO: Que reservéis las costas a fin de que sigan la suerte de lo principal, sin embargo y en caso de oposición de estos pedimentos por la recurrida, que la misma sea condenada al pago de las mismas, ordenando su distracción y provecho en favor del supra indicado abogado, quien afirma haberlas avanzado en su mayor parte (sic).
2. El recurso de casación contra la sentencia núm. 336-2025-SSEN-00458 dictada por la Corte de Trabajo del Departamento Judicial de San Pedro de Macorís en fecha 10 de diciembre de 2025 fue interpuesto mediante memorial depositado en fecha 9 de enero de 2026 vía portal digital del Poder Judicial.
3. Mediante acto núm. 012/2026 de fecha 9 de enero de 2026, instrumentado por el ministerial , alguacil ordinario del Juzgado de Trabajo, La Altagracia, Higüey, fue notificada a la demanda en Av. esq. Simó, Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, Santo Domingo, R. D. • Tel.: • www.poderjudicial.gob.do • E-mail: REPÚBLICA DOMINICANA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA Exp. núm.: 651-2018-ELAB-00317 Solicitud núm.: 2026-R0015970 Demandante: Compañía de Investigaciones Corporativas Gómez (Incorp), SRL Demandado: Materia: Laboral Instancia: Demanda en suspensión Decisión: Inadmisible suspensión de ejecución de sentencia.
4. La parte demandada en suspensión no depositó escrito de contestación, no obstante haberle sido notificada la presente demanda mediante acto previamente descrito.
5. Cabe destacar que la parte demandante dirige su instancia al Pleno de la Suprema Corte de Justicia y no al presidente de la sala como corresponde; en tal sentido es importante precisar que dado el efecto no suspensivo del recurso de casación consagrado en el artículo 27 de la Ley 2-23 sobre Recurso de Casación, las demandas en suspensión serán conocidas por el juez presidente de la sala competente para conocer del recurso de casación. En ese sentido corresponde a esta Presidencia el conocimiento y fallo de la presente demanda por corresponder a la Tercera Sala el conocimiento del recurso de casación.
6. Que en el presente caso se trata de una demanda en suspensión de ejecución de la sentencia núm. 336-2025-SSEN-00458 dictada por la Corte de Trabajo del Departamento Judicial de San Pedro de Macorís en fecha 10 de diciembre de 2025, mediante la cual se decidió: “PRIMERO: Declara regular y válido en cuanto a la forma el recurso de apelación incoado por el señor , en fecha 04/04/2024, contra la sentencia laboral núm. 651-2023-SSEN-00631 de fecha 12 de diciembre del año 2023, dictada por el Juzgado de Trabajo del Distrito Av. esq. Simó, Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, Santo Domingo, R. D. • Tel.: • www.poderjudicial.gob.do • E-mail: REPÚBLICA DOMINICANA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA Exp. núm.: 651-2018-ELAB-00317 Solicitud núm.: 2026-R0015970 Demandante: Compañía de Investigaciones Corporativas Gómez (Incorp), SRL Demandado: Materia: Laboral Instancia: Demanda en suspensión Decisión: Inadmisible Judicial de La Altagracia, por haber sido hecho conforme a la ley. SEGUNDO: En cuanto al fondo, Modificada la sentencia recurrida núm. 651-2023-SSEN 00631, de fecha 12 de diciembre del año 2023, dictada por el Juzgado de Trabajo del Distrito Judicial de La Altagracia, para que establezca de la manera siguiente: A) Declara resuelto el contrato de trabajo por tiempo indefinido que vinculara , parte demandante, con la empresa Seguridad Incorp, por dimisión justificada, y con responsabilidad para el empleador; B) Excluye de la demanda a los señores y , porque no probo la relación laboral; C) Acoge la presente demanda en pago de prestaciones laborales y derechos adquiridos por dimisión justificada, en consecuencia, condena la parte demandada empresa Seguridad Incorp, al pago a favor de la parte demandante de los valores detallados de la siguiente manera: 1) veintiocho (28) días de salario ordinario por concepto de preaviso, ascendente a la suma de veintitrés mil cuatrocientos noventa y nueve pesos con 79/100 centavos (RD$23,499.79); 2) ciento veintiuno (121) días de salario ordinario por concepto de auxilio de cesantía, ascendente a la cantidad de ciento y un mil quinientos cincuenta y dos pesos con 66/100 (RD$101,552.66); 3) Dieciocho (18) días de salario ordinario por concepto de vacaciones, ascendentes a la suma quince mil cientos siete pesos con 01/100 (RD$15,107.01) 4) La cantidad de cuatro mil cuatrocientos ocho pesos con 60/100 centavos dominicanos (RD$4,408.66), correspondiente a la proporción del salario de navidad; 5) La cantidad de cincuenta mil trescientos cincuenta y seis pesos con ocho centavos dominicanos(RD$50,356.08), correspondiente a la proporción de la participación en los beneficios de la empresa; 6) Más el valor de ciento veinte mil pesos con 00/100 centavos dominicanos (RD$120,000.00), por concepto de los meses de salario dejados de percibir por aplicación del artículo 95 ordinal 3ro del Código de Trabajo. Todo en base a un salario mensual de Av. esq. Simó, Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, Santo Domingo, R. D. • Tel.: • www.poderjudicial.gob.do • E-mail: REPÚBLICA DOMINICANA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA Exp. núm.: 651-2018-ELAB-00317 Solicitud núm.: 2026-R0015970 Demandante: Compañía de Investigaciones Corporativas Gómez (Incorp), SRL Demandado: Materia: Laboral Instancia: Demanda en suspensión Decisión: Inadmisible RD$20,000.00, y un tiempo laborado de cinco (5) años, tres (03) meses y trece (13) días; D) Condena a la empresa Seguridad Incorp, al pago de una indemnización de trescientos mil pesos dominicanos (RD$300,000.00), a favor del señor , como justa reparación de los daños y perjuicios causados por la no inscripción en el Sistema Dominicano de la Seguridad Social. TERCERO: Condena a la empresa Seguridad Incorp, al pago de las costas del procedimiento y ordena su distracción a favor y en provecho del Lic. , quien afirma haberlas avanzado en su mayor parte. CUARTO: Se comisiona al ministerial , alguacil de la Corte de Trabajo del Departamento Judicial de San Pedro de Macorís, para la notificación de la presente sentencia y en su defecto, cualquier otro ministerial competente para su notificación.
7. La parte demandante pretende que se ordene la suspensión provisional de la ejecución de la sentencia objeto de su demanda hasta tanto se decida el recurso de casación interpuesto contra esa decisión y en apoyo a sus pretensiones sostiene, en esencia, que la parte demandante estaría seriamente perjudicada frente a una acción ejecutoria por parte del demandado, quien, frente a su insolvencia, no sería capaz de resarcir dichos perjuicios.
8. El artículo 27, párrafo II de la Ley núm. 2-23 sobre Recurso de Casación dispone lo siguiente: El procedimiento a seguir para intentarse la suspensión de ejecución de la sentencia recurrida en casación será trazado mediante resolución por el pleno de la Suprema Corte de Justica, que tendrá facultad en lo subsiguiente para revisarlo y adecuarlo cuando Av. esq. Simó, Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, Santo Domingo, R. D. • Tel.: • www.poderjudicial.gob.do • E-mail: REPÚBLICA DOMINICANA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA Exp. núm.: 651-2018-ELAB-00317 Solicitud núm.: 2026-R0015970 Demandante: Compañía de Investigaciones Corporativas Gómez (Incorp), SRL Demandado: Materia: Laboral Instancia: Demanda en suspensión Decisión: Inadmisible lo entienda necesario.
9. Mediante Resolución núm. 62-2023 de fecha 7 de febrero de 2023 el Pleno de la Suprema Corte de Justicia estableció el procedimiento a seguir para la interposición y solución de las demandas en suspensión de la ejecución de las sentencias recurridas en casación, resultando derogadas las resoluciones números 448-2020 de fecha 5 de marzo de 2020 y 91-2021 de fecha 18 de marzo de 2021, que regulaban el procedimiento de suspensión de ejecución de sentencias ante el Pleno de la Suprema Corte de Justicia.
10. En la especie, de la revisión de la instancia contentiva de la demanda en suspensión hemos podido advertir que la parte demandante sustenta las pretensiones de su demanda en la resolución 448-2020, la cual fue abrogada por efecto de la promulgación de la Ley núm. 2-23 sobre Recurso de Casación, por lo que no puede dicha resolución ser utilizada como base jurídica de sus alegatos siendo fundamental que las pretensiones de la demanda se sustenten en normas vigentes y aplicables al caso, de acuerdo al texto previamente citado, razón por la cual procede declarar inadmisible la presente demanda.
II. Decisión La Presidencia de la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia actuando en Av. esq. Simó, Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, Santo Domingo, R. D. • Tel.: • www.poderjudicial.gob.do • E-mail: REPÚBLICA DOMINICANA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA Exp. núm.: 651-2018-ELAB-00317 Solicitud núm.: 2026-R0015970 Demandante: Compañía de Investigaciones Corporativas Gómez (Incorp), SRL Demandado: Materia: Laboral Instancia: Demanda en suspensión Decisión: Inadmisible virtud de la resolución núm. 62-2023 de fecha 7 de febrero de 2023 dictada por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia. De conformidad con los citados artículos y sobre la base de los motivos expuestos, dicta la siguiente resolución: RESUELVE: ÚNICO: Declara inadmisible la demanda en suspensión de ejecución de la sentencia núm. 336-2025-SSEN-00458 dictada por la Corte de Trabajo del Departamento Judicial de San Pedro de Macorís en fecha 10 de diciembre de 2025, interpuesta por Compañía de Investigaciones Corporativas Gómez (Incorp), SRL., por los motivos antes expuestos.
Firmado: Manuel Ramón Herrera Carbuccia.
César , secretario general de la Suprema Corte de Justicia, CERTIFICO, que la resolución que antecede fue dada y firmada por el juez que figura en la estampa de firma electrónica, en la fecha arriba indicada.
Av. esq. Simó, Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, Santo Domingo, R. D.