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Recurso de casación

SCJ-PS-26-0130

Primera Sala · Recurso de casación · Rechaza

Suprema Corte de Justicia30 de enero de 2026Exp. 026-03-2018-ECIV-00271Ponente: Vanessa Acosta P.Civil

Fallo

ÚNICO: RECHAZAR el recurso de impugnación de estado de gastos y honorarios interpuesta por el Lcdo. y el Dr. J. Lora Castillo, contra Av. , Esq. , Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, Distrito Nacional, Rep. Dom. Tel.: • Dirección de Internet: http://www.poderjudicial.gob.do JF/Pág. 17 REPÚBLICA DOMINICANA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA SCJ-PS-26-0130 Exp. núm. 026-03-2018-ECIV-00271 (2025-R0489961) Solicitante: Jocasa, ., e Yvonne Materia: Validez de embargo retentivo, denuncia y contradenuncia Asunto: Impugnación de gastos y honorarios Decisión: RECHAZA Ponente: el auto núm. 0025/2025, de fecha 25 de marzo de 2025, emitido por la jueza presidente de la Primera Sala Civil y Comercial de la Suprema Corte de Justicia, por los motivos antes expuestos.

Normas que aplica

  • Ley 3726-53 sobre Procedimiento de Casación
    art. 4 art. 5
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REPÚBLICA DOMINICANA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA SCJ-PS-26-0130 Exp. núm. 026-03-2018-ECIV-00271 (2025-R0489961) Solicitante: Jocasa, ., e Yvonne Materia: Validez de embargo retentivo, denuncia y contradenuncia Asunto: Impugnación de gastos y honorarios Decisión: RECHAZA Ponente: EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA La PRIMERA SALA DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA, competente para conocer de los recursos de casación en materia civil y comercial, regularmente constituida por los magistrados , presidente en funciones, y , miembros, asistidos del secretario general, en la sede de la Suprema Corte de Justicia, ubicada en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, en fecha 30 de enero de 2026, año 182.° de la Independencia y año 163.° de la Restauración, dicta la siguiente sentencia: Con motivo de la solicitud de impugnación de estado de gastos y honorarios interpuesto por Jocasa, ., e Yvonne , quienes tienen como abogados al Lcdo. y el Dr. J. Lora Castillo.

Contra el auto núm. 0025/2022, de fecha 25 de marzo de 2025, dictado por la Presidencia de la Primera Sala Civil y Comercial de la Suprema Corte de Justicia, cuyo dispositivo copiado textualmente, dispone lo siguiente: ÚNICO: APRUEBA el estado de gastos y honorarios sometido por el Lcdo. en virtud de la sentencia núm. SCJ-PS-24-1959 de fecha 25 de septiembre de 2024, dictada por esta Primera Sala de la Suprema Corte de Av. , Esq. , Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, Distrito Nacional, Rep. Dom. Tel.: • Dirección de Internet: http://www.poderjudicial.gob.do JF/Pág. 1 REPÚBLICA DOMINICANA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA SCJ-PS-26-0130 Exp. núm. 026-03-2018-ECIV-00271 (2025-R0489961) Solicitante: Jocasa, ., e Yvonne Materia: Validez de embargo retentivo, denuncia y contradenuncia Asunto: Impugnación de gastos y honorarios Decisión: RECHAZA Ponente: Justicia, en la suma de ochenta y ocho mil trescientos quince pesos dominicanos con 00/100 (RD$88,315.00).

VISTOS TODOS LOS DOCUMENTOS QUE REPOSAN EN EL EXPEDIENTE: A) Entre los cuales constan: a) la instancia depositada en fecha 19 de mayo de 2025, por el Lcdo. y el Dr. J. Lora Castillo; b) la sentencia SCJ- PS-24-1959, de fecha 25 de septiembre de 2024, dictada por esta Sala; c) el auto núm. 0025/2025, de fecha 25 de marzo de 2025, dictado por la Presidencia de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia; d) el inventario de piezas anexo a la instancia de solicitud.

B) Esta sentencia ha sido adoptada a unanimidad y en estos casos el artículo 6 de la Ley núm. 25-91, Orgánica de la Suprema Corte de Justicia, modificada por la Ley núm. 156-97, permite que la Sala se integre con tres de sus miembros, los que figuran firmando la presente decisión.

LA PRIMERA SALA, DESPUÉS DE HABER DELIBERADO 1) En el presente recurso de impugnación, depositado en fecha 19 de mayo de 2025, figura como impugnante Jocasa, ., e Yvonne , Av. , Esq. , Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, Distrito Nacional, Rep. Dom. Tel.: • Dirección de Internet: http://www.poderjudicial.gob.do JF/Pág. 2 REPÚBLICA DOMINICANA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA SCJ-PS-26-0130 Exp. núm. 026-03-2018-ECIV-00271 (2025-R0489961) Solicitante: Jocasa, ., e Yvonne Materia: Validez de embargo retentivo, denuncia y contradenuncia Asunto: Impugnación de gastos y honorarios Decisión: RECHAZA Ponente: contra el auto núm. 0025/2025, de fecha 25 de marzo de 2025, dictado por esta Sala, cuya parte dispositiva figura precedentemente copiada. Del estudio del auto impugnado y de la documentación que conforma el expediente de que se trata, se pone de manifiesto que: a) en fecha 23 de abril de 2024, Jocasa, ., e Yvonne , interpusieron un recurso de casación contra la sentencia civil núm. 026-03-2021-SSEN-0000262, dictada el 24 de junio de 2021, por la Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, en ocasión del cual esta jurisdicción dictó la sentencia SCJ-PS-24-1959, de fecha 25 de septiembre de 2024, mediante la cual rechazó dicho recurso y condenó a la parte recurrente al pago de las costas, con distracción a favor del Lcdo. ; b) en virtud de la sentencia condenatoria dictada por esta sala, el Lcdo. , sometió en fecha 16 de enero de 2025, la aprobación de costas y honorarios por la suma de RD$ 183,104.42 por ante la presidencia de esta sala; c) esta jurisdicción, luego de ponderar todas y cada una de las partidas presentadas, aprobó el señalado estado de gastos y honorarios por un monto de RD$ 88,500.00, según consta en el auto núm. 0025/2025, de fecha 25 de marzo de 2025; d) el Lcdo. a través del acto núm. 565/2025, de fecha 9 de mayo de 2025, instrumentado por el ministerial , ordinario del Segundo Tribunal Colegiado de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, notificó a Jocasa, ., e Yvonne , el referido auto, objeto del presente recurso de Av. , Esq. , Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, Distrito Nacional, Rep. Dom. Tel.: • Dirección de Internet: http://www.poderjudicial.gob.do JF/Pág. 3 REPÚBLICA DOMINICANA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA SCJ-PS-26-0130 Exp. núm. 026-03-2018-ECIV-00271 (2025-R0489961) Solicitante: Jocasa, ., e Yvonne Materia: Validez de embargo retentivo, denuncia y contradenuncia Asunto: Impugnación de gastos y honorarios Decisión: RECHAZA Ponente: impugnación.

2) Los impugnantes pretenden que se revoquen o supriman partidas aprobadas a favor del Lcdo. , mediante el auto núm. 0025/2025, de fecha 25 de marzo de 2025. Especialmente, son objetadas las partidas que se describen a continuación: Actuaciones procesales y Base Legal Monto Monto al que debe partidas solicitadas por Aplicada Aprobado ser reducida Ley núm. 302 1. Consulta verbal con Art. 8, 15, a RD$7,000.00 RD$0.00 (partida no mis clientes probada).

y en sus calidades de gerentes de Innovateq, S. A. Por espacio de 4 horas.

2. Estudio y análisis de Art. 8, 12 o RD$5,000.00 RD$0.00 (partida no documentos, tal como: probada).

sentencia civil núm. 026- 03-2 , de fecha 24 de junio de 2021, dictada por la Segunda Sala de la Cámara Civil y Av. , Esq. , Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, Distrito Nacional, Rep. Dom. Tel.: • Dirección de Internet: http://www.poderjudicial.gob.do JF/Pág. 4 REPÚBLICA DOMINICANA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA SCJ-PS-26-0130 Exp. núm. 026-03-2018-ECIV-00271 (2025-R0489961) Solicitante: Jocasa, ., e Yvonne Materia: Validez de embargo retentivo, denuncia y contradenuncia Asunto: Impugnación de gastos y honorarios Decisión: RECHAZA Ponente: Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional.

3.Redacción de instancia Art. 8, 2, a RD$3,000.00 RD$0.00 (partida no dirigida a la Secretaría de probada).

la Presidencia de la Suprema Corte de Justicia, sobre solicitud de certificación de interposición de recurso de casación en contra de la sentencia No. 026-03- 2021-SSEN-0000262, de fecha 24 de junio de 2021, dictada por la Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Distrito Nacional.

4. Estudio y análisis de Art. 8, 12, o RD$1,000.00 RD$0.00 (partida no documentos, tal como: probada).

hoja de comprobante de recepción de documentos de fecha 25 de abril de 2024.

Av. , Esq. , Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, Distrito Nacional, Rep. Dom. Tel.: • Dirección de Internet: http://www.poderjudicial.gob.do JF/Pág. 5 REPÚBLICA DOMINICANA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA SCJ-PS-26-0130 Exp. núm. 026-03-2018-ECIV-00271 (2025-R0489961) Solicitante: Jocasa, ., e Yvonne Materia: Validez de embargo retentivo, denuncia y contradenuncia Asunto: Impugnación de gastos y honorarios Decisión: RECHAZA Ponente: 5. Redacción de instancia Art. 8, 2, a RD$3,000.00 RD$0.00 (partida no dirigida a la Secretaría de probada).

la Presidencia de la Suprema Corte de Justicia, sobre solicitud de certificación de interposición de recurso de casación en contra de la sentencia núm. 026-03- 2021-SSEN-0000262, de fecha 24 de junio de 2021, dictada por la Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Distrito Nacional.

6. Vacaciones para Art. 8, 2, e RD$3,000.00 RD$0.00 (partida no traslado por ante el Centro probada).

de Servicio Presencial del edificio de la Corte de Apelación y Consejo del Poder Judicial, a los fines de depositar solicitud de certificación de existencia de interposición de recurso de casación en Av. , Esq. , Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, Distrito Nacional, Rep. Dom. Tel.: • Dirección de Internet: http://www.poderjudicial.gob.do JF/Pág. 6 REPÚBLICA DOMINICANA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA SCJ-PS-26-0130 Exp. núm. 026-03-2018-ECIV-00271 (2025-R0489961) Solicitante: Jocasa, ., e Yvonne Materia: Validez de embargo retentivo, denuncia y contradenuncia Asunto: Impugnación de gastos y honorarios Decisión: RECHAZA Ponente: contra de la sentencia núm. 026-03-2024-SSEN- 0000262, de fecha 24 de junio del 2021, dictada por la Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Distrito Nacional. Por espacio de 4 horas.

7. Estudio y análisis de Art. 8, 12, o RD$7,000.00 RD$0.00 (partida no documentos, tal como: probada).

acto núm. 268-2024, de fecha 25 de abril de 2024, contentivo de emplazamiento en casación.

8. Estudio y análisis de Art. 8, 12, o RD$3,000.00 RD$0.00 (partida no documentos tal como: probada).

acto núm. 269-2024, de fecha 25 de abril de 2024, contentivo a notificación de demanda en suspensión de ejecución en curso de casación.

9. Redacción de instancia Art. 8, 12, b RD$20,000.00 RD$1,500.00 (previsto dirigida al honorable juez por la ley).

Av. , Esq. , Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, Distrito Nacional, Rep. Dom. Tel.: • Dirección de Internet: http://www.poderjudicial.gob.do JF/Pág. 7 REPÚBLICA DOMINICANA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA SCJ-PS-26-0130 Exp. núm. 026-03-2018-ECIV-00271 (2025-R0489961) Solicitante: Jocasa, ., e Yvonne Materia: Validez de embargo retentivo, denuncia y contradenuncia Asunto: Impugnación de gastos y honorarios Decisión: RECHAZA Ponente: presidente y demás jueces que conforman la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia, sobre formal memorial de defensa en ocasión del recurso de casación interpuesto contra la sentencia marcada con el núm. 026- 03-SSEN-0000262, de fecha 24 de junio de 2021, dictada por la Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Distrito Nacional.

10. Vacaciones para Art. 8, 2, e RD$3,000.00 RD$0.00 (partida no traslado por ante la probada).

Secretaría General de la Suprema Corte de Justicia a los fines de depositar formal memorial de defensa en ocasión del recurso de casación interpuesto contra la sentencia marcada con el Av. , Esq. , Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, Distrito Nacional, Rep. Dom. Tel.: • Dirección de Internet: http://www.poderjudicial.gob.do JF/Pág. 8 REPÚBLICA DOMINICANA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA SCJ-PS-26-0130 Exp. núm. 026-03-2018-ECIV-00271 (2025-R0489961) Solicitante: Jocasa, ., e Yvonne Materia: Validez de embargo retentivo, denuncia y contradenuncia Asunto: Impugnación de gastos y honorarios Decisión: RECHAZA Ponente: núm. 026-03-2021-SSEN- 0000262, de fecha 24 de junio de 2021, dictada por la Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Distrito Nacional. Por espacio de 4 horas.

11. Sellos e impuestos No previsto RD$115.00 RD$0.00 (No previsto utilizados en depósito de por la ley por la ley, pero formal memorial de acogido).

defensa en ocasión del recurso de casación interpuesto contra de la sentencia marcada con el núm. 026-03-2021-SSEN- 0000262, de fecha 24 de junio de 2021, dictada por la Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Distrito Nacional.

12. Redacción de acto núm. Art. 8, 2, b RD$3,000.00 RD$0.00 (partida no 263/2024, de fecha 10 de probada).

mayo de 2024, contentivo a constitución de abogado Av. , Esq. , Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, Distrito Nacional, Rep. Dom. Tel.: • Dirección de Internet: http://www.poderjudicial.gob.do JF/Pág. 9 REPÚBLICA DOMINICANA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA SCJ-PS-26-0130 Exp. núm. 026-03-2018-ECIV-00271 (2025-R0489961) Solicitante: Jocasa, ., e Yvonne Materia: Validez de embargo retentivo, denuncia y contradenuncia Asunto: Impugnación de gastos y honorarios Decisión: RECHAZA Ponente: y notificación de memorial de defensa.

13. Vacaciones para Art. 8, 2, e RD$3,000.00 RD$0.00 (partida no traslado a los fines de probada).

gestionar al ministerial ndando, para este poder notificar acto núm. 392-2015, de fecha 5 de abril de 2018, contentivo de constitución de abogado y notificación de memorial de defensa.

14. Redacción de instancia Art. 8, 2, a RD$3,000.00 RD$0.00 (partida no dirigida al honorable juez probada).

Presidente y demás jueces que conforman la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia, sobre depósito de constitución de abogado y notificación de memorial de defensa, en fecha 14 de mayo de 2024.

15. Vacaciones para Art. 8, 2, e RD$3,000.00 RD$0.00 (partida no traslado por ante la probada).

Secretaría General de la Av. , Esq. , Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, Distrito Nacional, Rep. Dom. Tel.: • Dirección de Internet: http://www.poderjudicial.gob.do JF/Pág. 10 REPÚBLICA DOMINICANA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA SCJ-PS-26-0130 Exp. núm. 026-03-2018-ECIV-00271 (2025-R0489961) Solicitante: Jocasa, ., e Yvonne Materia: Validez de embargo retentivo, denuncia y contradenuncia Asunto: Impugnación de gastos y honorarios Decisión: RECHAZA Ponente: Suprema Corte de Justicia, a los fines de depositar sobre depósito de constitución de abogado y notificación de memorial de defensa, en fecha 14 de mayo de 2024. Por espacio de 4 horas.

16. Estudio y análisis de Art. 8, 12, o RD$1,000.00 RD$0.00 (partida no documentos, tal como: probada).

Hoja de comprobante de recepción de documentos, de fecha 14 de mayo de 2024. Por espacio de 4 horas.

17. Redacción de instancia Art. 8, 2, a RD$3,000.00 RD$0.00 (partida no dirigida al juez Presidente probada).

de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia, sobre solicitud de copia certificada de decisión.

18. Vacaciones para Art. 8, 2, e RD$3,000.00 RD$0.00 (partida no traslado por ante la probada).

Secretaría General de la Av. , Esq. , Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, Distrito Nacional, Rep. Dom. Tel.: • Dirección de Internet: http://www.poderjudicial.gob.do JF/Pág. 11 REPÚBLICA DOMINICANA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA SCJ-PS-26-0130 Exp. núm. 026-03-2018-ECIV-00271 (2025-R0489961) Solicitante: Jocasa, ., e Yvonne Materia: Validez de embargo retentivo, denuncia y contradenuncia Asunto: Impugnación de gastos y honorarios Decisión: RECHAZA Ponente: Suprema Corte de Justicia, a los fines de depositar sobre solicitud de copia de decisión. Por espacio de 4 horas.

19. Vacaciones para Art. 8, 2, e RD$3,000.00 RD$0.00 (partida no traslado por ante la probada) Secretaría General de la Suprema Corte de Justicia, a los fines de requerir sobre solicitud de copia de decisión núm. SCJ-PS-24-1959, de fecha 25 de septiembre de 2024.

Por espacio de 4 horas.

20. Estudio y análisis de Art. 8, 12, o RD$3,000.00 RD$0.00 (partida documentos, tal como: repetida).

decisión núm. SCP-PS-24- 1959, de fecha 25 de septiembre de 2024, dictada por la Suprema Corte de Justicia.

21. Redacción de Art. 8, 2, a RD$3,000.00 RD$0.00 (No aplica instancia contentiva a por no se parte de la solicitud de liquidación instancia que da lugar de costas, gastos y a la liquidación).

Av. , Esq. , Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, Distrito Nacional, Rep. Dom. Tel.: • Dirección de Internet: http://www.poderjudicial.gob.do JF/Pág. 12 REPÚBLICA DOMINICANA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA SCJ-PS-26-0130 Exp. núm. 026-03-2018-ECIV-00271 (2025-R0489961) Solicitante: Jocasa, ., e Yvonne Materia: Validez de embargo retentivo, denuncia y contradenuncia Asunto: Impugnación de gastos y honorarios Decisión: RECHAZA Ponente: honorarios profesionales requeridos por el Lcdo. conforme lo dispone la sentencia núm. SCJ-PS-24-1959, de fecha 25 de septiembre del 2024, dictada por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia.

22. Vacaciones por ante la Art. 8, 2, e RD$3,000.00 RD$0.00 (No aplica Secretaría General de la por no ser parte de la Suprema Corte de instancia a liquidar).

Justicia, a los fines de depositar la instancia de liquidación de costas, gastos y honorarios profesionales, requeridos por el Lcdo. , conforme la sentencia núm. SCJ-24-1959, de fecha 25 de septiembre de 2024, dictada por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia.

Av. , Esq. , Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, Distrito Nacional, Rep. Dom. Tel.: • Dirección de Internet: http://www.poderjudicial.gob.do JF/Pág. 13 REPÚBLICA DOMINICANA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA SCJ-PS-26-0130 Exp. núm. 026-03-2018-ECIV-00271 (2025-R0489961) Solicitante: Jocasa, ., e Yvonne Materia: Validez de embargo retentivo, denuncia y contradenuncia Asunto: Impugnación de gastos y honorarios Decisión: RECHAZA Ponente: 23. 600 copias Art. 8, 19, a RD$2,000.00 RD$300.00 expediente completo.

TOTAL RD$1,800.00 3) Esta Sala es del criterio de que, en caso de impugnación ejercida contra un estado de gastos y honorarios, el impugnante debe indicar de manera explícita las partidas con las cuales no está conforme y exponer las razones en que se fundamenta dicha vía de derecho, lo que viene dado en virtud del artículo 11 de la Ley núm. 302, sobre Honorarios de Abogados.

4) En esencia, la parte impugnante denuncia que del auto de aprobación de gastos y honorarios emitido a favor de deben suprimirse las partidas indicadas en la presente decisión, por no corresponderse con la realidad del proceso, sustentadas en falsedades.

5) Al respecto, es necesario señalar que el deber de los jueces, tanto en el ámbito administrativo como jurisdiccional, se contrae a reconocer la titularidad de los derechos de las partes a través de decisiones jurisdiccionales que se ajusten a la realidad, a condición de que el ejercicio de dicha facultad no exceda los límites de proporcionalidad y razonabilidad establecidos por la Constitución y las leyes.

Av. , Esq. , Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, Distrito Nacional, Rep. Dom. Tel.: • Dirección de Internet: http://www.poderjudicial.gob.do JF/Pág. 14 REPÚBLICA DOMINICANA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA SCJ-PS-26-0130 Exp. núm. 026-03-2018-ECIV-00271 (2025-R0489961) Solicitante: Jocasa, ., e Yvonne Materia: Validez de embargo retentivo, denuncia y contradenuncia Asunto: Impugnación de gastos y honorarios Decisión: RECHAZA Ponente: 6) El artículo 8, numerales 12 y 15, letra a de la Ley núm. 302, sobre Honorarios de Abogados, expresa: “El monto mínimo de los honorarios de los abogados será establecido conforme a la siguiente tarifa (…), procediendo el citado artículo a fijar el monto mínimo a que tiene derecho un abogado por sus actuaciones”.

7) En el caso, del análisis al auto impugnado se desprende que el Lcdo. peticionó la aprobación del estado de gastos y honorarios por la suma de RD$ 183,104.42; sin embargo, el monto que fue aprobado por dicho auto impugnado fue la cantidad de RD$ 88,315.00, bajo el argumento que: “...el peticionante hace constar la lista de actuaciones que desea liquidar, verificándose que algunas de las partidas resultan excesivas y otras se refiere a diligencias procesales originadas en un tribunal distinto a esta Corte de Casación, y que no fueron debidamente justificadas, por lo que el tribunal procederá a reducirlas en la forma que se indicará más adelante...”.

8) La Ley núm. 302, sobre Honorarios de Abogados, cuya aplicación se discute en el caso, establece las tarifas a ser cobradas como honorarios por servicios profesionales ofrecidos y realizados por los profesionales del derecho. Esta ley que data del 18 de junio de 1964, modificada por la Ley núm. 95-88, del 20 de noviembre de 1988, fue aprobada con la finalidad de actualizar la ley sobre Tarifas de Costas Judiciales del 8 de junio de 1904.

Av. , Esq. , Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, Distrito Nacional, Rep. Dom. Tel.: • Dirección de Internet: http://www.poderjudicial.gob.do JF/Pág. 15 REPÚBLICA DOMINICANA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA SCJ-PS-26-0130 Exp. núm. 026-03-2018-ECIV-00271 (2025-R0489961) Solicitante: Jocasa, ., e Yvonne Materia: Validez de embargo retentivo, denuncia y contradenuncia Asunto: Impugnación de gastos y honorarios Decisión: RECHAZA Ponente: 9) El objeto de la mencionada Ley núm. 302, es establecer un mecanismo eficiente de actualización en el tiempo, puesto que las tarifas que se contemplan son concebidas con montos mínimos, lo cual permite llevar a cabo un ejercicio de interpretación sistemática acorde con el tiempo y el contexto de las diversas variables económicas propias de las reglas que conciernen a la inflación, la devaluación de la moneda y la indexación, siempre actuando en el marco de la racionalidad.

10) A juicio de esta Primera Sala, las partidas aprobadas mediante el auto impugnado, cuya revocación o supresión se solicita, no cuentan con fundamentos para ser anuladas, toda vez que los impugnantes no aportaron pruebas suficientes que demuestren la supuesta falsedad alegada. En consecuencia, se mantiene la validez de dichas partidas que fueron aprobadas, evaluadas conforme a los principios de proporcionalidad y razonabilidad establecidos por la Constitución y las leyes adjetivas, lo que, en la especie, quedó demostrado debido al análisis realizado por la Presidencia de esta Sala que las aprobó y en su examen determinó suprimir unas y acoger otras, tal como se indicó anteriormente en esta decisión.

11) Conforme el artículo 8 de la Ley núm. 302, las tarifas establecidas en esta son las mínimas que puede reclamar el abogado de la parte gananciosa. Por tal razón, el juez tiene la facultad de fijarlas tomando en cuenta la variación de la moneda al momento Av. , Esq. , Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, Distrito Nacional, Rep. Dom. Tel.: • Dirección de Internet: http://www.poderjudicial.gob.do JF/Pág. 16 REPÚBLICA DOMINICANA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA SCJ-PS-26-0130 Exp. núm. 026-03-2018-ECIV-00271 (2025-R0489961) Solicitante: Jocasa, ., e Yvonne Materia: Validez de embargo retentivo, denuncia y contradenuncia Asunto: Impugnación de gastos y honorarios Decisión: RECHAZA Ponente: en que se realiza la liquidación y la situación económica imperante con la consecuente devaluación de la moneda nacional frente al índice de inflación, motivos por los cuales se rechaza el recurso de impugnación de que se trata.

12) En virtud de la parte in fine del artículo 11 de la Ley núm. 302, sobre Honorarios de Abogados, se declara ejecutoria la presente decisión, sin necesidad de hacerlo constar en la parte dispositiva.

Por tales motivos, la PRIMERA SALA DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA, por autoridad y mandato de la ley y en aplicación de las disposiciones establecidas en la Constitución de la República, los artículos 4 y 5 de la Ley núm. 3726-53, sobre Procedimiento de Casación, de fecha 29 de diciembre de 1953, modificada por la Ley núm. 491-08; la Ley núm. 2-23, del 17 de enero de 2023, sobre Recurso de Casación; artículos 12 y 13 de la Ley 339-22, del 21 de julio de 2022, que habilita y regula el uso de medios digitales para los procesos judiciales y procedimientos administrativos del Poder Judicial; 8, 9, 11 y 15 de la Ley núm. 302, sobre Honorarios de Abogados, de fecha 18 de junio de 1964.

DECIDE ÚNICO: RECHAZAR el recurso de impugnación de estado de gastos y honorarios interpuesta por el Lcdo. y el Dr. J. Lora Castillo, contra Av. , Esq. , Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, Distrito Nacional, Rep. Dom. Tel.: • Dirección de Internet: http://www.poderjudicial.gob.do JF/Pág. 17 REPÚBLICA DOMINICANA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA SCJ-PS-26-0130 Exp. núm. 026-03-2018-ECIV-00271 (2025-R0489961) Solicitante: Jocasa, ., e Yvonne Materia: Validez de embargo retentivo, denuncia y contradenuncia Asunto: Impugnación de gastos y honorarios Decisión: RECHAZA Ponente: el auto núm. 0025/2025, de fecha 25 de marzo de 2025, emitido por la jueza presidente de la Primera Sala Civil y Comercial de la Suprema Corte de Justicia, por los motivos antes expuestos.

Firmado: , y .

secretario general de la Suprema Corte de Justicia, certifico y doy fe que la presente sentencia ha sido firmada digitalmente por los jueces y el secretario que figuran en la estampa.